Medidas cautelares para el Colegio Salesiano de Morón

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salesianos moronLa renovación del concierto educativo de dicha unidad había sido previamente denegada por la Consejería de Educación. Este nuevo Auto se corresponde al contencioso interpuesto por el Titular del centro, la Congregación Salesiana, contra la Orden de conciertos.

El TSJA ya había dictado un Auto, la semana pasada, acordando la medida cautelar en el contencioso que, contra la Orden, han interpuesto los padres directamente afectados.

RECORDATORIO ANTECEDENTES

El colegio concertado Salesiano “San Juan Bosco” de Morón de la Frontera (Sevilla) ha sido uno de los centros afectados por la decisión de la Consejería de Educación de no renovar los conciertos educativos. El centro solicitó concierto para 6 unidades de Infantil (dos líneas completas), las mismas que están actualmente abiertas y en funcionamiento, pero la Consejería de Educación resolvió concederle solo 5 de esas unidades, reduciendo el concierto educativo en una unidad de Infantil de 3 años.

A pesar de ello, el centro recibió 50 solicitudes, suficientes para llenar las 2 unidades de Infantil de 3 años solicitadas, y ello a pesar de que la Consejería de Educación obligó al centro a poner que ofertaba sólo 25 plazas.

La Titularidad del centro, la Congregación Salesiana, decidió interponer contencioso-administrativo frente a la Orden de conciertos. También los padres directamente afectados, es decir, aquéllos que quedarían fuera del centro de no mantenerse la unidad.

NUEVO AUTO DE 17 DE JUNIO DE 2013 (RECURSO 250/2013), ACORDANDO MEDIDA CAUTELAR

En los diferentes contenciosos-administrativos interpuestos se solicitaron por los recurrentes la adopción de la medida cautelar que permitiera el mantenimiento del concierto educativo de la unidad cuyo concierto no había sido renovado, provisionalmente, durante la tramitación del procedimiento.

En el contencioso iniciado a instancia de los padres se acordó la medida cautelar mediante Auto de 13 de junio de 2013.

Ahora ha sido notificado a la defensa letrada del centro (Despacho Muñoz de Priego y Pérez, abogados), nuevo Auto, en el contencioso-administrativo iniciado por la Titularidad del centro, la Congregación Salesiana.

El Auto de 17 de junio de 2013 se establece en los mismos términos del anterior, al que incluso hace referencia:“Planteada la cuestión en los precedentes términos como ya hemos dicho en Auto de esta sección de fecha 13 de junio de 2013 (rec. 251/13), la medida se ha de conceder como ya se ha hecho en otros casos por esta Sala, de acuerdo con los razonamientos que, en iguales asuntos, ha conformado la propia doctrina del Tribunal Supremo y de la que es buen ejemplo las sentencias que cita la parte recurrente”.

Y así, finalmente acuerda: “Adoptar la medida cautelar interesada consistente en el mantenimiento del concierto para la unidad de Educación Infantil (tres años) que no fue renovada, mientras se sustancia el recurso”.

El abogado que ha dirigido el recurso Jesús Muñoz de Priego Alvear, del despacho“Muñoz de Priego y Pérez, abogados” de Sevilla, ha manifestado: “Este nuevo Auto corrobora lo acordado en el anterior, pero no por esperado o previsible, resulta menos grato. Con ello, una vez sea firme, en su caso, se garantiza, mientras se sustancia el procedimiento, al centro educativo el concierto provisional de la unidad, a los padres la escolarización en el centro solicitado de forma inmediata para el próximo curso y a los docentes de ese nivel educativo, que no tendrá que procederse a despidos”.

No obstante, aclara: “lo que se acuerda mediante este Auto es una medida cautelar, es decir, el mantenimiento provisional del concierto de la unidad afectada mientras se resuelve el fondo del asunto. Es indudable que eso nos da una mayor tranquilidad durante el proceso, pero hay que ser cautos porque no predetermina la decisión de la Sala sobre el fondo del asunto. Para llegar a la sentencia aún queda el desarrollo de todo el procedimiento”.

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